Cómo evitar legalmente pagar el impuesto de sucesiones al heredar una vivienda

El abogado Pablo Ródenas explica una sencilla estrategia para librarse de este impuesto cuando los padres fallecen.

Cuando se trata de herencias, la tristeza por la pérdida de un familiar suele ir acompañada de preocupaciones económicas. Una de ellas es, precisamente, el impuesto de sucesiones. Sin embargo, existe una manera completamente legal para evitar pagarlo y que muy pocas personas conocen.

¿Cómo puedes heredar la vivienda de tus padres sin pagar el impuesto de sucesiones?

El abogado especializado en derecho hereditario, Pablo Ródenas, explica una solución sencilla y totalmente legal para que heredar una vivienda no suponga un gasto extra: anticipar la herencia mediante la figura jurídica de la nuda propiedad y el usufructo vitalicio.

¿En qué consiste exactamente esta estrategia? Es muy simple: los padres, estando vivos, ponen a nombre de sus hijos la propiedad de la vivienda (nuda propiedad), mientras ellos mantienen el derecho a vivir en ella de forma vitalicia (usufructo). Esto significa que, aunque los hijos sean legalmente propietarios, los padres siguen disfrutando plenamente del inmueble hasta que fallezcan.

¿Qué ventajas tiene transferir la propiedad de la vivienda antes del fallecimiento?

La principal ventaja es clara: evitar completamente el pago del impuesto de sucesiones. Al fallecer los padres, la vivienda ya es legalmente propiedad de los hijos, por lo que no existe herencia que liquidar en términos fiscales.

Como señala Ródenas, “tus padres te ponen como propietario de la casa en vida, ellos se quedan con el usufructo vitalicio y siguen viviendo ahí sin que nada cambie. Y cuando fallecen, la casa ya es tuya automáticamente. El impuesto de sucesión es cero, nada, goodbye”.

¿Qué requisitos y trámites legales se deben cumplir para aplicar esta estrategia?

Para formalizar esta transferencia anticipada de la propiedad, solo se necesitan dos trámites clave:

  • Escritura pública ante notario: aquí se refleja que los padres ceden la nuda propiedad a sus hijos y retienen el usufructo.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad: para que la transmisión tenga plenos efectos legales.

Este procedimiento es rápido, seguro y totalmente legal, pero la clave está en hacerlo cuanto antes, ya que muchos suelen dejarlo para más adelante por miedo o incomodidad. “Solo necesitas un notario y salir de esa mentalidad de ‘ya lo arreglarán mis hijos cuando yo no esté’”, aclara Ródenas.

¿En qué otras propiedades se puede aplicar este método para evitar el impuesto?

Aunque el caso más habitual es el de la vivienda familiar, esta fórmula es válida para muchos otros bienes:

  • Plazas de garaje
  • Terrenos o fincas
  • Participaciones en empresas familiares

Cada caso es distinto, por lo que siempre es recomendable consultar con un experto antes de proceder. La principal barrera a la hora de aplicar esta solución no suele ser el trámite legal, sino la falta de previsión. Muchos piensan que “ya habrá tiempo” o que no tienen suficiente patrimonio como para preocuparse, pero la realidad es que cuanto antes se haga, mayor será el ahorro económico y emocional para los hijos.

Al planificar la herencia anticipadamente, no solo se evita el impuesto de sucesiones, también se facilita considerablemente el proceso sucesorio cuando llegue el momento.

Un ejemplo del ahorro en impuesto de sucesiones

Imaginemos una vivienda valorada en 200.000 euros:

SituaciónPago del impuesto de sucesiones
Heredar al fallecer los padresEntre 5.000 y 30.000 euros (según comunidad autónoma)
Recibir la nuda propiedad en vida0 euros

Como puedes ver, la diferencia es notable. Por tanto, ¿por qué esperar y pagar cuando puedes anticiparte y ahorrártelo completamente?

Ahora que conoces este “truco” legal, quizá sea el momento ideal para planteárselo a tus padres y olvidarte del impuesto de sucesiones. Como dice Ródenas, es mejor actuar ahora y no lamentarlo después.

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