Como todos los años, llega la cita anual de la declaración de la Renta, un trámite que ya tiene fecha marcada en el calendario 2025. El día que comienza la campaña de la Agencia Tributaria es el día 2 de abril y su plazo de presentación termina el 30 de junio. En este periodo de tiempo, todos los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración de la Renta, tienen que hacer un hueco en su agenda para realizar este informe sobre el IRFP 2024. Para este año, además, tendrá la obligación de hacer este trámite los que cobren una prestación del SEPE, es decir, los que estén en situación de desempleo. No obstante, hay una serie de colectivos que no están obligados.
Estos son los límites establecidos en 2025 para no estar obligados a hacer la Renta
Las personas desempleadas, sin importar el importe de sus ingresos, tienen que presentar la declaración de la Renta este año 2025. Además, cada año se intenta facilitar la realización de este trámite con Hacienda, por ello, aunque lo más cómodo es hacerlo por internet a partir del 2 de abril, para los más atrasados “tecnológicamente hablando” pueden hacerlo por teléfono o presencialmente en las oficinas, a partir del 6 de mayo y 2 de junio, respectivamente.
Están obligados a hacer la declaración de la Renta este año 2025, todas las personas que cobren más de 22.000 euros anuales, sea por ingresos de trabajo, pensiones y otras ayudas. En el caso de que existan 2 pagadores o más, están obligados cuando se supere, el límite es de 15.876 euros, y siempre que la suma del segundo o más empleadores, no pasen de los 2.500 euros al año. Por tanto, no están obligadas, los contribuyentes que no superen los límites antes mencionados.
Cómo presentar la declaración de la Renta
Las personas que tengan certificado electrónico o DNIe, pueden acceder a la Renta WEB, donde la Agencia Tributaria dispone de tus datos, es decir, presentarla por internet desde la Sede Electrónica de la AEAT (desde el 2 de abril). Para los que quieran hacerlo de forma telefónica (6 de mayo) deberán solicitar cita previa desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. Por último, para los que quieran hacerlo presencialmente (2 de junio), la cita previa será a partir del 29 de mayo hasta el 27 de junio. Todas tiene el plazo de finalización el 30 de junio.
Si tienes más dudas al respecto puedes contactar por teléfono con alguna de las oficinas de la Agencia Tributaria. Para más noticias sobre trámites no dudes en consultar la sección habilitada en esta web.