Un regalo de 1.825 días extra para tu jubilación de la Seguridad Social por el que hay que pagar para que se haga realidad

La nueva medida beneficiará a quienes hayan realizado prácticas no remuneradas, permitiendo añadir hasta cinco años adicionales a su vida laboral.

¿Te imaginas poder ganar cinco años extra de cotización sin haber cotizado en su momento? Esta nueva iniciativa de la Seguridad Social, respaldada por la Orden ISM/386/2024 del 29 de abril, pretende que los trabajadores que realizaron prácticas antes del 1 de noviembre de 2011, cuando no eran obligatorias las cotizaciones, vean reconocidos esos periodos. El plazo para solicitar esta regularización se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028.

¿Cuáles son las condiciones para disfrutar de estos 5 años adicionales de cotización en la Seguridad Social?

El primer requisito es haber cursado estudios universitarios, Formación Profesional o enseñanzas artísticas y deportivas superiores, con periodos de becas no remuneradas previos a noviembre de 2011. Estos años, que antes no generaban derecho alguno, podrán ahora sumarse al historial de vida laboral.

Por otro lado, la normativa contempla que quienes realizaron prácticas sin pagar cuotas a la Seguridad Social antes de enero de 2024 también pueden acceder a este beneficio. ¿Te interesa saber más? Ten en cuenta que no debes estar jubilado ni percibir incapacidad permanente para entrar en esta regularización.

Cómo regularizar las prácticas no remuneradas y ampliar la vida laboral beneficiándose de este convenio especial del Gobierno

La gran ventaja de este convenio especial es que permite “recuperar” hasta cinco años (1.825 días) de cotización, traducidos en una mejora directa de la futura pensión de jubilación. El proceso pasa por formalizar una solicitud ante la Seguridad Social, presentando la documentación que acredite haber sido becario o haber realizado prácticas antes de las fechas establecidas. Antes de iniciarlo, conviene revisar los siguientes puntos:

  1. Beca o práctica no remunerada: acreditar que no se cotizó en su momento.
  2. Período previo a 2011: cumplir la fecha tope para incluir estos años.
  3. Documentación: aportar certificados de estudios o constancia de la empresa o centro educativo.

La tramitación puede hacerse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, en el apartado de “Convenios Especiales”, o bien de manera presencial pidiendo cita previa.

Cómo realizar la solicitud en la Seguridad Social antes de que finalice el plazo establecido

No dejes para el último momento una gestión que puede ampliar tu vida laboral y mejorar tu pensión futura. Aquí tienes un resumen práctico:

ConceptoDetalle
Plazo máximo de presentaciónHasta el 31 de diciembre de 2028
Años máximos a regularizar5 (equivalente a 1.825 días de cotización)
Pago de cuotas pendientesDe una sola vez o en hasta 84 mensualidades
Vía de solicitudPresencial o telemática (Sede Electrónica TGSS)

Recuerda que en algunos casos deberás abonar las cotizaciones no efectuadas en su momento, cuyos importes pueden variar en función de la época de las prácticas. Aunque suponga un pequeño esfuerzo económico, a largo plazo puede suponer una mejora significativa en la pensión.

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