Las entidades financieras están obligadas a cumplir con la normativa contra el blanqueo de capitales: esto es lo que debes saber si no quieres que tu cuenta quede inutilizada.
A partir de este mes de mayo, los bancos en España están facultados para bloquear las cuentas de aquellos clientes que no hayan entregado determinada documentación. Así lo recuerda el Banco de España (BdE), que advierte de que esta medida no es arbitraria ni excepcional, sino parte de la obligación legal de prevenir el blanqueo de capitales y garantizar la transparencia en el sistema financiero.
¿Quién puede verse afectado? Prácticamente cualquier titular de cuenta bancaria. Según la ley vigente, las entidades financieras deben asegurarse de conocer adecuadamente a sus clientes. Esto implica verificar la identidad del titular, así como el origen de los fondos que se gestionan a través de la cuenta. Si el banco no dispone de esta información actualizada, puede restringir el acceso a la cuenta hasta que se complete la documentación.
El procedimiento es claro: la entidad debe informar previamente al cliente, ofreciéndole la posibilidad de regularizar su situación. No obstante, si el titular no responde a estos requerimientos, el banco puede proceder a bloquear la operativa para evitar movimientos no justificados. Es decir, se puede impedir el ingreso de dinero, retiradas o la domiciliación de pagos y recibos.
¿Qué documentación hay que entregar?
Por lo general, se trata de documentos identificativos básicos como el DNI o NIE en vigor, prueba de actividad económica (como una nómina, declaración de la renta o justificante de pensión), y en algunos casos, información sobre el origen del dinero que se mueve en la cuenta. Estos datos permiten al banco cumplir con las exigencias de la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Desde el Banco de España recuerdan que el bloqueo de una cuenta es reversible. Basta con que el cliente presente la documentación pendiente para recuperar el acceso a sus fondos. Eso sí, conviene no dejarlo para el último momento, ya que el proceso de validación puede tardar varios días y, mientras tanto, la cuenta permanecerá inoperativa.
¿Y si hay varios titulares?
Existe otro supuesto en el que los bancos pueden proceder al bloqueo: cuando hay conflictos entre cotitulares. Si los titulares de una misma cuenta emiten instrucciones contradictorias o si lo hacen sus herederos, en caso de fallecimiento de alguno, la entidad puede optar por suspender la actividad de la cuenta hasta que se resuelva el desacuerdo. En estos casos, la única solución es llegar a un acuerdo o esperar una resolución judicial.
En cualquier caso, el Banco de España insiste en que estas medidas no buscan castigar al cliente, sino proteger la integridad del sistema financiero. El cumplimiento normativo no es opcional y afecta tanto a grandes cuentas como a ahorradores particulares. Por ello, lo recomendable es revisar con el banco si nuestra documentación está al día y evitar así cualquier sorpresa en forma de bloqueo inesperado.