La Seguridad Social aplica un nuevo sistema de cotización según los ingresos netos, que reduce la cuota para quienes menos ganan y mantiene la Tarifa Plana para nuevos autónomos. Los autónomos con ingresos entre 1.300 y 1.500 euros netos al mes ya tienen fijada en 294 euros su cuota mensual de cotización para 2025, de acuerdo con los cambios aprobados por el Gobierno. Desde el 1 de enero, se introducen novedades enfocadas a ajustar los tramos según los rendimientos declarados, así como a mantener ayudas específicas para quienes se inician en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
El objetivo de esta reforma es seguir avanzando en el sistema por ingresos reales, implantado en 2023, con la intención de equilibrar las aportaciones de los trabajadores por cuenta propia a su volumen de facturación. Según la base de cotización seleccionada, la cuota mínima puede ser desde 200 euros para quienes declaren rendimientos muy bajos, hasta superar los 300 euros en los tramos con ingresos superiores a 1.300 euros mensuales.
Nuevos cambios en las cuotas de autónomos para 2025: todo lo que debes conocer tras la última reforma
Con la entrada en vigor de los nuevos tramos, los autónomos con ingresos netos entre 1.300 y 1.500 euros mensuales abonarán 294 euros de cuota, que se corresponde con una base de cotización de 960,78 euros. A partir de esa cifra, la cuota aumenta gradualmente para los tramos de ingresos más elevados.
Por el contrario, quienes se encuentren en la franja más baja, con ingresos de 670 euros o menos, han visto cómo su cuota queda en 200 euros mensuales. Esta rebaja se ha planteado para aliviar la carga de los profesionales con menor facturación, aunque muchos siguen considerando que la cuota mínima todavía es alta en relación con sus ingresos reales.
Desde la Seguridad Social recuerdan que este nuevo sistema contará con sucesivos ajustes hasta el fin del periodo transitorio, previsto para 2032, cuando la cotización será estrictamente por ingresos reales. Antes de finalizar 2025, el Gobierno realizará una evaluación para determinar el calendario y el despliegue total de la escala.
Tramos de ingresos, bases de cotización y cuotas actualizadas según la reforma vigente en 2025
Para facilitar la comprensión, a continuación se presentan los tramos de ingresos netos mensuales y sus bases mínimas y máximas de cotización. En el caso general, los autónomos que facturen entre 1.300 y 1.500 euros deben aplicar una base mínima de 960,78 euros, resultando una cuota de 294 euros al mes. A continuación, la lista de tramos dividida en “tabla reducida” y “tabla general” para 2025, según Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio:
Tabla reducida
- Tramo 1 (≤ 670 €/mes)
- Base mínima: 653,59 €
- Base máxima: 718,94 €
- Tramo 2 (> 670 y ≤ 900 €/mes)
- Base mínima: 718,95 €
- Base máxima: 900 €
- Tramo 3 (> 900 y < 1.166,70 €/mes)
- Base mínima: 849,67 €
- Base máxima: 1.166,70 €
Tabla general
- Tramo 1 (≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 €/mes)
- Base mínima: 950,98 €
- Base máxima: 1.300 €
- Tramo 2 (> 1.300 y ≤ 1.500 €/mes)
- Base mínima: 960,78 €
- Base máxima: 1.500 €
- Tramo 3 (> 1.500 y ≤ 1.700 €/mes)
- Base mínima: 960,78 €
- Base máxima: 1.700 €
- Tramo 4 (> 1.700 y ≤ 1.850 €/mes)
- Base mínima: 1.143,79 €
- Base máxima: 1.850 €
- Tramo 5 (> 1.850 y ≤ 2.030 €/mes)
- Base mínima: 1.209,15 €
- Base máxima: 2.030 €
- Tramo 6 (> 2.030 y ≤ 2.330 €/mes)
- Base mínima: 1.274,51 €
- Base máxima: 2.330 €
- Tramo 7 (> 2.330 y ≤ 2.760 €/mes)
- Base mínima: 1.356,21 €
- Base máxima: 2.760 €
- Tramo 8 (> 2.760 y ≤ 3.190 €/mes)
- Base mínima: 1.437,91 €
- Base máxima: 3.190 €
- Tramo 9 (> 3.190 y ≤ 3.620 €/mes)
- Base mínima: 1.519,61 €
- Base máxima: 3.620 €
- Tramo 10 (> 3.620 y ≤ 4.050 €/mes)
- Base mínima: 1.601,31 €
- Base máxima: 4.050 €
- Tramo 11 (> 4.050 y ≤ 6.000 €/mes)
- Base mínima: 1.732,03 €
- Base máxima: 4.909,50 €
- Tramo 12 (> 6.000 €/mes)
- Base mínima: 1.928,10 €
- Base máxima: 4.909,50 €
La Tarifa Plana de 80 euros se mantiene con requisitos, pero sube a 87,60 euros por el MEI
Una de las mayores inquietudes de quienes se inician en el RETA es la continuidad de la Tarifa Plana. Para 2025, se confirma que los nuevos autónomos pueden acogerse a una cuota reducida de 80 euros mensuales, a la que hay que sumar la aportación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), situándola finalmente en 87,60 euros.
Durante el primer año de actividad, esta cuota reducida se ofrece de forma general. Si al finalizar ese periodo los rendimientos del profesional se mantienen por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrá prorrogar la Tarifa Plana un segundo año. Además, algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones adicionales, llegando incluso a la “cuota cero” para facilitar los inicios de actividad.
En caso de no querer continuar con esta ventaja, el autónomo podrá renunciar a la Tarifa Plana, presentando la solicitud específica a la Seguridad Social, con efectos a partir del primer día del mes siguiente a la renuncia. Bien, si deseas continuar informado sobre más noticias relacionadas con trámites, no dudes en visitar la sección especializada de esta web.