Los hogares con mascotas podrán aplicar en el tramo autonómico del IRPF una deducción del 30 por ciento por cuidados veterinarios, con tope de 100 euros por contribuyente y efecto retroactivo desde 2025.
La nueva deducción por gastos veterinarios aprobada por la Junta de Andalucía permitirá a miles de contribuyentes con animales de compañía rebajar la factura de la Renta 2026. Incluida en los Presupuestos autonómicos para 2026, publicados en el Boletín Oficial de la comunidad, esta medida fiscal busca aliviar el coste de las visitas al veterinario y fomentar el cuidado responsable de las mascotas.
Cómo funciona la nueva deducción veterinaria en la Renta 2026 andaluza
Según la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026, la deducción consiste en el 30 por ciento de los gastos veterinarios satisfechos a lo largo del año. Se tienen en cuenta consultas, vacunaciones, tratamientos, intervenciones quirúrgicas, pruebas diagnósticas y también servicios preventivos siempre que estén prescritos por un profesional colegiado.
Esta ventaja fiscal se aplica sobre la cuota autonómica íntegra del IRPF y está limitada a un máximo de 100 euros anuales por contribuyente, con independencia de cuánto se haya gastado en el veterinario. Es decir, aunque la factura total sea superior, el ahorro en la declaración no podrá superar ese tope.
La norma entró en vigor el 1 de enero de 2026, pero tiene carácter retroactivo desde 2025, de modo que ya podrá aplicarse en la próxima declaración de la renta. Por lo tanto, quienes hayan tenido gastos veterinarios desde 2025 y cumplan los requisitos podrán empezar a notar el alivio en el bolsillo muy pronto, que no está nada mal en un momento de tantos gastos. Para aclarar los puntos clave de un vistazo, se puede resumir la nueva deducción por cuidados veterinarios en Andalucía en los siguientes datos básicos.
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Porcentaje de deducción | 30 por ciento de los gastos veterinarios del año |
| Límite máximo anual | Hasta 100 euros por contribuyente en la cuota autonómica |
| Gastos admitidos | Consultas, vacunas, tratamientos, intervenciones y pruebas diagnósticas |
Con estos datos claros, basta con reunir las facturas y calcular qué parte se puede desgravar hasta el límite de 100 euros.
Quién puede beneficiarse de esta deducción autonómica por gastos veterinarios
Ahora bien, no todo el mundo podrá acogerse a esta desgravación. ¿Quiénes pueden beneficiarse realmente de la medida y rebajar la factura de la Renta 2026 gracias a su mascota? Según la asesoría fiscal Servicentro, es necesario cumplir una serie de condiciones concretas. A partir de la información disponible, los requisitos principales para aplicar la deducción son los siguientes:
- Tener la residencia fiscal en Andalucía.
- Haber adquirido la mascota a partir del 1 de enero de 2025.
- Conservar y presentar facturas oficiales emitidas por centros veterinarios autorizados, con NIF o CIF y desglose de conceptos.
- No superar una base imponible general de 80 000 euros en declaración individual ni de 100 000 euros en declaración conjunta.
Quien no cumpla estos límites de ingresos o no pueda justificar los pagos en el veterinario quedará fuera de la ayuda, de ahí que sea importante revisar bien la documentación antes de hacer números. ¿Tienes ya localizadas tus facturas y sabes en qué tramo vas a tributar?
La deducción solo puede usarse, con carácter general, en el primer ejercicio fiscal posterior a la adquisición del animal de compañía, aunque en las adopciones se extiende a los tres ejercicios siguientes y para los perros de asistencia no se fija un plazo máximo.
Plazos, formas de aplicar la deducción y compatibilidad con otras ventajas
Solo los contribuyentes con residencia fiscal en Andalucía podrán aplicar esta ayuda en el tramo autonómico del IRPF en la Renta 2026. La deducción se incorpora en la declaración del impuesto, por las vías habituales presencial o telemática, y es compatible con otras deducciones autonómicas, aunque en las declaraciones conjuntas el límite sigue siendo de 100 euros por declaración.
