La Seguridad Social ajusta la jubilación en 2026 y estas son las claves para no llevarte sorpresas

Desde el 1 de enero de 2026 se aplican cambios que afectan a la jubilación ordinaria, anticipada, parcial y activa. Hay nuevas edades, un sistema dual de cálculo y opciones para retrasar la jubilación con incentivos.

Quien piense jubilarse en 2026 debe mirar dos cosas: la edad legal que le corresponde y cómo se calculará su pensión. Además, la anticipada ajusta penalizaciones según meses de adelanto y años cotizados; la parcial distingue si hay relevo o no; y la jubilación activa amplía la compatibilidad con trabajo. ¿Qué opción te conviene más?

La edad ordinaria depende de la carrera de cotización: 66 años y 10 meses si no se alcanzan 38 años y 3 meses; 65 años si se iguala o supera esa cotización para cobrar el 100%. Mínimos: 15 años cotizados y, de ellos, al menos 2 dentro de los 15 anteriores a la jubilación.

A partir de 2026 rige un sistema dual para calcular la base reguladora: se comparan automáticamente los últimos 25 años con una nueva opción de 29 años que permite descartar los peores meses (en 2026, hasta 2). Se aplicará la fórmula más favorable para el trabajador.

Edades legales según cotización (2026)

Situación de cotizaciónEdad legal ordinaria
Menos de 38 años y 3 meses66 años y 10 meses
38 años y 3 meses o más65 años

En resumen, si alcanzas 38 años y 3 meses, podrás mantener los 65. Si no, toca esperar hasta 66 y 10 meses.

Jubilación anticipada en 2026: edades de acceso, requisitos y penalizaciones

La anticipada voluntaria permite adelantar hasta 24 meses: en 2026, desde 64 años y 10 meses con 35 años cotizados; con 38 años y 3 meses o más, puede adelantarse hasta los 63. La anticipada involuntaria (por despido, por ejemplo) puede adelantarse hasta 48 meses: desde 62 años y 10 meses con 33 años cotizados, o desde 61 si se acreditan 38 años y 3 meses. Las penalizaciones aplican coeficientes reductores según meses adelantados y años cotizados. A continuación, algunos ejemplos orientativos:

  • Con menos de 38 años y 6 meses: reducción del 30% si se adelantan 48 meses; 15% si son 24 meses; 5,50% a 12 meses.
  • Con 38 años y 6 meses: reducción del 28% a 48 meses; 14% a 24 meses; 5,25% a 12 meses.

A partir de 41 años y 6 meses cotizados, los porcentajes vuelven a cambiar. ¿Compensa adelantar o esperar un poco más?

Jubilación parcial en 2026: con y sin relevo, edades y cotización

La parcial permite reducir jornada y cobrar parte de la pensión. Sin contrato de relevo, la edad mínima es la edad ordinaria que corresponda según cotización. Con relevo: mínimo 62 años y 10 meses si se tienen 33 años o más; y 64 años y 8 meses cuando se acreditan menos de 33 años. Por tanto, el relevo puede facilitar la entrada antes.

Jubilación activa en 2026: compatibilizar trabajo, pensión y retraso oficial

La jubilación activa permite cobrar pensión y trabajar, con límites. Desde abril de 2025 ya no es obligatorio tener una carrera completa al 100% para acceder. Además, puede compatibilizarse con incentivos por demora si se retrasa la jubilación oficial. Los porcentajes de pensión compatibles mientras se trabaja aumentan con el retraso: 45% (1 año), 55% (2), 65% (3), 80% (4) y 100% a partir de 5 años.

Retrasar la jubilación en 2026: incentivos porcentuales, pago único y mixto

Por cada año completo de demora, se puede elegir entre: un incremento del 4% de la pensión de por vida; una cantidad a tanto alzado (según años cotizados y años de retraso) que puede ir, de forma orientativa, de unos 5.000 a más de 12.000 euros por año; o una opción mixta que combine ambas. ¿Cuál te encaja mejor según tu base reguladora y horizonte de cobro?

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