El ‘paro de los artistas’ apoya a quienes trabajan en artes escénicas, audiovisuales y musicales con empleos intermitentes. La ayuda dura hasta 120 días y, en ciertos casos, alcanza los 600 euros mensuales.
El Servicio Público de Empleo (SEPE) mantiene una prestación específica para artistas y personal técnico o auxiliar de estos sectores. Nace para cubrir etapas sin trabajo, con condiciones más flexibles que el paro ordinario. De base, la cuantía equivale al 80% del IPREM (aproximadamente 480 euros), aunque puede llegar a 600 euros si se cumplen determinadas cotizaciones.
Quién puede pedir el paro de los artistas del SEPE y por qué interesa
¿Encajas en este perfil? Pueden solicitarla profesionales de las artes escénicas, audiovisuales y musicales, incluidos técnicos y auxiliares, cuando estén desempleados. Es útil para carreras con contratos por días u obras concretas, donde los periodos de inactividad son habituales. Eso sí, solo procede si no se tiene derecho a la prestación contributiva convencional.
Requisitos oficiales, periodos de cotización y situación de desempleo exigida
Para acceder a la ayuda, el SEPE exige estar en situación legal de desempleo, figurar como demandante de empleo y estar afiliado a la Seguridad Social. Además, hay que acreditar actividad reciente en el sector artístico. En pocas palabras, estos son los puntos clave:
- No tener derecho al paro ordinario y estar en situación legal de desempleo.
- Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta como demandante de empleo.
- Acreditar actividad artística: 60 días de alta con prestación real de servicios dentro de los 18 meses anteriores; o 180 días de alta con prestación real de servicios (incluidas regularizaciones anuales) dentro de los seis años anteriores.
Si has trabajado de forma intermitente, estas cotizaciones específicas son las que abren la puerta a la prestación.
Cuantía mensual, duración máxima y cuándo sube hasta los 600 euros
La cuantía ordinaria es el 80% del IPREM, aproximadamente 480 euros mensuales. La duración máxima es de 120 días. Si se solicita más de una vez, debe pasar al menos un año entre un reconocimiento y el siguiente.
¿Cuándo sube a 600 euros? Cuando la media diaria de las bases de cotización de los últimos 60 días de trabajo efectivo en actividad artística supera los 60 euros. Si alcanzas ese umbral, el importe mensual puede elevarse hasta 600 euros.
Para consultarlo de un vistazo, aquí tienes los datos esenciales:
| Aspecto | Detalle clave |
|---|---|
| Cuantía base | 80% del IPREM (aprox. 480 €/mes) |
| Cuantía máxima | Hasta 600 €/mes si la base diaria media supera 60 € |
| Duración | Máximo 120 días |
| Repetición | Debe transcurrir al menos un año entre solicitudes |
Este esquema resume los puntos que suelen generar más dudas y te ayuda a comprobar de forma rápida si cumples los requisitos económicos.
Cómo se solicita esta prestación del SEPE paso a paso sin complicaciones
El organismo competente es el SEPE. ¿Por dónde empezar? Primero, asegúrate de estar inscrito como demandante de empleo y de poder acreditar los periodos de alta exigidos en la actividad artística. A partir de ahí, la solicitud se tramita ante el SEPE, que verificará los días cotizados y el resto de condiciones. Por tanto, conviene tener preparadas las pruebas de actividad y de afiliación antes de iniciar el trámite.
Compatibilidades, incompatibilidades y advertencias para no perder la ayuda del SEPE
La prestación es incompatible con otros subsidios o prestaciones públicas y con empleos remunerados durante su percepción. Además, aunque puedas volver a pedirla, recuerda el requisito temporal: debe mediar al menos un año entre reconocimientos. ¿Duda final? Revisa que cumples todas las condiciones antes de iniciar la solicitud para evitar retrasos o denegaciones.
