El SEPE confirma la suspensión del paro durante 16 semanas para quienes tengan un hijo

La prestación por desempleo se pausa y pasa a cobrarse del INSS la prestación por nacimiento y cuidado de menor durante 16 semanas, al ser incompatibles entre sí. Tras el permiso, el paro se reanuda en las mismas condiciones y sin consumo de días.

Si estás cobrando la prestación contributiva y vas a tener un hijo, conviene saberlo: el SEPE suspende el paro para que cobres del INSS una ayuda del 100% de la base reguladora, calculada con la media de las bases de cotización de los últimos 180 días. ¿Te afecta? Vamos por partes.

Qué sucede con la prestación por desempleo cuando eres padre o madre según SEPE e INSS

Al producirse el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, se activa la incompatibilidad prevista en la Ley General de la Seguridad Social (artículos 282 y 284). En consecuencia, el SEPE suspende la prestación por desempleo y el INSS abona la prestación por nacimiento y cuidado de menor durante 16 semanas.

Durante ese periodo no consumes paro y, al finalizar, podrás reanudarlo en las mismas condiciones que tenías. Dicho de forma sencilla: pausa del paro, cobro del INSS y vuelta al paro tal cual estaba.

Requisitos, pasos y comunicaciones para suspender el paro y pedir la prestación del INSS

Para evitar errores, es importante seguir un orden claro y comunicar bien cada trámite. ¿Qué debes hacer exactamente?

  • Comunicar al SEPE el nacimiento, adopción, guarda o acogimiento para que suspenda la prestación por desempleo.
  • Solicitar ante el INSS la prestación por nacimiento y cuidado de menor.
  • Percibir 16 semanas con cuantía del 100% de la base reguladora (media de los últimos 180 días).
  • Al finalizar el permiso, pedir en el SEPE la reanudación del paro; ese tiempo no descuenta días de prestación.

Con este itinerario se respeta la incompatibilidad entre dos prestaciones de carácter contributivo y se garantiza la continuidad económica del hogar. No se pueden cobrar a la vez.

Diferencias entre prestación contributiva del SEPE y subsidios por desempleo durante el nacimiento

¿Cobras un subsidio por desempleo en lugar de la prestación contributiva? El tratamiento cambia. Los subsidios (como el de mayores de 52 años o el de agotamiento del paro) mantienen cuantía y duración, al considerarse no contributivos a efectos de la Seguridad Social. Solo debes comunicar el nacimiento a la oficina de empleo para suspender tus obligaciones como demandante durante el permiso.

A continuación, un resumen comparativo para no perderte en el papeleo:

SituaciónQué se cobra¿Se suspende?Gestión y duración
Prestación contributiva por desempleo y eres padre/madrePrestación por nacimiento y cuidado de menorSe suspende el paro; no se consume y luego se reanudaINSS; 16 semanas y 100% de la base reguladora (media últimos 180 días)
Subsidio por desempleo (p. ej., mayores de 52 años)El mismo subsidio reconocidoNo se suspende; mantiene cuantía y duraciónSEPE; se comunica el hecho y se suspenden obligaciones como demandante durante el permiso

Así, las familias con subsidio no cambian de paga, mientras que quienes están en paro pasan temporalmente al cobro del INSS.

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