La incapacidad permanente beneficia a un gran número de ciudadanos/as que en situaciones vulnerables. Algunos incluso pueden optar a un incremento del 20%. En este contexto, el reconocimiento de la incapacidad permanente cambió mucho desde finales del pasado mes de julio. Entonces, el Consejo de Ministros remitió al Congreso de los Diputados un veto a los despidos automáticos de un trabajador ante una incapacidad sobrevenida, una reforma del Estatuto de los Trabajadores que ahora tendrá que ser aprobada por la Cámara Baja.
Si esto sucede, los empleados que quieran seguir trabajando, y puedan hacerlo, tendrán derecho a pedirle a la empresa en la que trabajan una adaptación de su puesto. Mientras esto llega, pueden cobrar una prestación pública por un periodo de tres meses, el plazo máximo que tiene el empresario para atender la solicitud. Actualmente, una incapacidad sobrevenida, ya sea generada por un accidente o una dolencia, que impide al trabajador desarrollar su actividad habitual es causa lícita de despido.
Incapacidad permanente: a partir de ahora, el trabajador será el que decida su futuro
Tras la reforma, el destino del trabajador no será tan incierto. Más bien, estará en sus manos. O se acoge a la incapacidad permanente que le reconozca un médico o solicita continuar en la compañía, que tendrá que adaptar su puesto si no supone “un gasto excesivo”. Los trabajadores con una incapacidad permanente reconocida tendrán un mes para tomar la decisión.
Esos “gastos excesivos” que impedirían que el trabajador siga trabajando vendrán determinados por el proyecto de ley que se tramite. En otras palabras, la empresa solo podría negarse si la adaptación del puesto de trabajo de la persona que ha pasado a tener una incapacidad permanente resulta inasumible. Con estos cambios normativos se busca “proteger más eficazmente el empleo de las personas con discapacidad”.
IPT: qué es y qué derechos otorga
La incapacidad permanente es reconocida por la Seguridad Social y otorga derecho al pago de una prestación económica. Hay diferentes tipos de incapacidades permanente, pero si hablamos de la total o IPT (que impide el trabajador realice su actividad habitual, pero sí lo habilidad para hacer otras), la pensión mensual que se otorga es con carácter vitalicio. Sin embargo, el organismo reconocer que existe un límite para el reconocimiento o revisión de la ayuda por invalidez.
Quien determina si el potencial beneficiario/a de la ayuda tiene una incapacidad o no y de qué tipo es el Tribunal Médico. Evalúa y decide cuál es el grado de incapacidad del trabajador. Cuando se culmina el trámite, con una pensión por incapacidad permanente se cubren las pérdidas ocasionadas por no poder desarrollar su actividad profesional al 100%. Cabe destacar que esta pensión es revisable. Con el paso del tiempo, el trabajador podría cobrar más, mantener la misma cuantía o ver en su cuenta un importe menor. ¿Por qué? El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) de la Seguridad Social hace revisiones regularmente a los ciudadanos/as incapacitados.
¿A qué edad dejan de revisar la incapacidad permanente en España?
El Tribunal Médico puede citar a un trabajador para revisar su incapacidad por agravación o mejoría de su estado de salud. No obstante, estas revisiones no siguen de manera indefinida. Culminan cuando el individuo alcanza la edad de jubilación. La edad fijada, según recoge la Seguridad Social, es de 67 años o 65 cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización, sin que se tome en consideración la parte proporcional a las pagas extraordinarias.
En definitiva, quien sea reconocido con una incapacidad permanente en España podrá decidir si quiere adaptar su puesto de trabajo o marcharse. El primer caso aplica si la compañía está en condiciones de asumirlo y según el tipo de IP que tenga. Si sientes una dolencia que te incapacita o has sufrido un accidente y crees que podrías tener una IP, en este artículo te contamos cómo superar la entrevista médica para obtener la incapacidad permanente.