Las personas que no han cotizado nunca a lo largo de su vida, también tienen derecho a percibir una pensión de más de 500 euros cuando alcanzan la edad ordinaria de jubilación. Así lo confirma la web del IMSERSO, que especifica las cuantías y los requisitos necesarios para ser beneficiario de una PNC o pensión no contributiva. Una ayuda destinada a los ciudadanos que tiene una cotización insuficiente, es decir, inferior a los 15 años.
Requisitos para poder solicitar una PNC o pensión no contributiva
La pensión no contributiva asegura una prestación económica de 14 pagas al año de 517,90 euros cada una, es decir, un total de 7.250 euros anuales. También, comprenden ayuda asistencial, médica, farmacéutica y de servicios sociales, a todos los ciudadanos y ciudadanas mayores de 65 años que no tengan derecho a cobrar una pensión contributiva, porque han acumulado menos 15 años cotizados a lo largo de su vida laboral. Asimismo, incluso no necesitan haber cotizado nunca para cobrarla. Aunque sí que necesitan cumplir al menos estos 2 requisitos:
- Tener cumplidos 65 años o más.
- Residir en territorio español durante al menos 10 años, dos de los cuales deben ser consecutivos y antes de solicitar la pensión.
Hay que justificar carecer de ingresos suficientes
Asimismo, hay que justificar que se carecen de ingresos suficientes: en 2024, deben ser inferiores a 7.250,60 euros anuales. Aunque son escalables dependiendo del número de convivientes que integren la unidad familiar. Estas son las cuantías en caso de vivir solo con su cónyuge y/o con parientes de segundo grado:
Número de convivientes Euros / año
Número de convivientes | Euros/año |
---|---|
2 | 12.326,02 |
3 | 17.401,44 |
4 | 22.476,86 |
Si entre las personas con las que se convive hay algún pariente consanguíneo en primer grado, es decir, padres o hijos, los límites aumentan:
Número de convivientes | Euros/año |
---|---|
2 | 30.815,05 |
3 | 30.815,05 |
4 | 56.192,15 |
¿Qué hay que hacer para solicitar una PNC?
Las pensiones no contributivas se solicitan en las Comunidades Autónomas que tienen competencias en la materia. Sin embargo, los ciudadanos que viven en Ceuta y Melilla, deben solicitarlas a través del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Para ello, hay que rellenar los modelos de solicitud correspondientes, según cada caso, que están disponibles también en el anterior enlace web.
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