Hacienda vigila los movimientos de los contribuyentes, una situación que ha llevado a más de uno a recibir sus famosas “cartas del miedo”. Sin embargo, esta atención prestada por parte la Agencia Tributaria también se torna positiva en algunos casos. Hay un grupo de contribuyentes que recibirá la “gracia” de la Administración por el simple hecho de vivir con personas mayores de 65 años.
La vida de la mayor parte de las personas de edad avanzada se ve enriquecida por la presencia de sus afectos. Cuando los ciudadanos/as llegan a la tercera edad, suelen encontrarse solos por circunstancias cotidianas, como la viudez o la independencia de sus hijos y nietos. La gran mayoría de las veces el hueco creado en la etapa final de la vida suele llenarse por los familiares. Por ejemplo, muchas familias optan por llevarse a vivir con ellos a sus “abuelos” para cuidarlos hasta el final o hasta que sus conocimientos se lo permitan.
Con este gesto, se convierten en el sostén emocional (y a veces físico) de las personas mayores. Sin embargo, también hay una cuota de importancia en el gasto que supone cuidar a una persona mayor, especialmente si esta cuenta con una jubilación baja. Atención médica, adaptaciones en el hogar, cuidados específicos o el simple hecho de tenerlos bajo el mismo techo implica un gasto adicional que Hacienda está compensando.
Hacienda recompensa con 1.150 euros a los hijos que se ocupan de sus padres
La Agencia Tributaria beneficiará con 1.150 euros a las unidades familiares que incluyan una persona mayor de 65 años entre sus integrantes. Se trata de un beneficio fiscal que se apartará por medio de la declaración de la Renta, donde cada ascendiente con la edad citada desgravará este importe. Esta medida iguala a la misma que se atribuye a las personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
Además, si el conviviente sobrepasara los 75 años, la cantidad a desgravar se extiende a los 2.550 euros. Sin embargo, este no es el único requisito que se debe cumplir para poder beneficiarse de la desgravación, además de las edades y discapacidad mencionadas. El contribuyente también tendrá que convivir con el ascendiente al menos la mitad del periodo impositivo que declara. El ascendiente no puede tener rentas superiores a 8.000 euros, excluyendo en esta oportunidad las exentas de impuesto. La deducción no se aplicará si el contribuyente declara un IRPF que supera los 1.800 euros.
Cabe la posibilidad de que, dependiendo de los ingresos anuales, el contribuyente no esté obligado a presentar la declaración de la Renta. No obstante, en estos casos es conveniente presentar la documentación ante Hacienda para que se aplique esta deducción.
Ayudas a la dependencia en España
El beneficio fiscal en la declaración de la Renta presentada en España no es la única ayuda a la que las familias pueden acceder. Las comunidades autónomas gestionan otra conocida como “ayuda a la dependencia”. La diferencia con el resto de las prestaciones es que en esta no se tienen en cuenta las rentas familias. Ponen el foco en el grado de dependencia y la necesidad del ciudadano/a, que en este caso puede tratarse de una persona mayor o menor de edad.
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia está regulada por la Ley 39/2006 y establece que solo es posible beneficiarse de ella cuando el grado de dependencia está reconocido. También se aplica en menores de 3 años con necesidades especiales. Para acceder a esta ayuda, es vital residir en España durante al menos 5 años. En el caso de los niños, el criterio aplica para los tutores legales.
La dependencia se otorga después de una valoración por parte de un profesional que reconoce cuál es el grado y todo lo que necesita la persona dependiente. Las cuantías pueden llegar hasta los 747 euros este año, dependiendo del grado de dependencia registrado.
En definitiva, Hacienda ofrece una deducción importante a quienes cuidan de sus mayores, pero no es la única ayuda que puede recibirse en el territorio español por el cuidado de personas dependientes. Por otra parte, hay una información que la Agencia Tributaria no cuenta y te interesa saber.