Los permisos laborales podrían tener sus días contados. Un fallo en la ley de paridad detectado a mediados de agosto ha dejado desprotegidos a un gran número de trabajadores, al menos hasta que sea subsanado. Afectará a los trabajadores que hayan pedido una modificación de jornada por conciliación. El “error técnico lamentable”, palabras textuales de la ministra de Igualdad, Ana Redondo, permite que las empresas puedan despedir a los trabajadores que han pedido una jornada adaptada.
Se da especialmente en los casos de cuidado de enfermedad u hospitalización de hijos o familiares que estipula un permiso de cinco días. Concretamente, los empleados ya no están protegidos frente a las posibles represalias que pudiera tomar la empresa, un fallo que comenzó a regir a partir del pasado 22 de agosto, cuando entró en vigor la nueva redacción de la reforma del Estatuto de los Trabajadores, que el Gobierno ingresó por medio de una disposición en la nueva Ley de Representación Paritaria.
Desde que la ley de paridad se aprobó, las empresas tenían prohibido despedir a los trabajadores con jornadas reducidas o con horarios diferentes por causas de conciliación. Tampoco podían tomar represalias contra quienes ya habían solicitado esos permisos laborales. El último cambio/error legal, permite que sí puedan hacerlo.
¿Qué pasará con los permisos laborales hasta el próximo cambio?
Igualdad no detectó el fallo, ni tampoco el resto de los grupos parlamentos ni otros ministerios, como el de Trabajo. Según informa Las Provincias, la ministra de Igualdad asegura que este error “se ha producido en contra de la voluntad de todos los que hemos participado en el desarrollo de la norma”. Pese a que ya se está trabajando para subsanar este error, la modificación de la norma tendrá lugar en septiembre, cuando se reinicie la actividad en el Congreso.
El Ministerio de Trabajo expresa que la Inspección permanecerá atenta durante las próximas semanas para garantizar que los derechos de los trabajadores estén a salvo. Si durante el periodo que queda hasta la modificación de la norma tiene lugar un despido, será el trabajador el que deba mostrar ante los juzgados que el cese laboral es debido a una acción de la empresa por haber pedido permisos laborales.
Si el empleado gana el pulso en los tribunales, la compañía tendrá que pagarle una indemnización por despido improcedente, pero este no se declararía nulo de inmediato, como sucedía hasta ahora.
Es decir, la empresa no estaría en la obligación de readmitir al empleado. El medio ya nombrado publicó el parecer de “fuentes especializadas” que descartan un impacto significativo en los juzgados. Remarcan que el fallo no afectará a los casos de reducción de jornada por maternidad o paternidad. Estos continúan protegidos por el Estatuto de los Trabajadores.
Trabajadores afectados por los despidos por pedir permisos laborales
Los supuestos que sí podrían verse perjudicados son los de las personas que ya solicitaron permisos laborales. Por ejemplo, los cinco días de permiso para cuidar de familiares por accidente o enfermedad grave, con o sin hospitalización. También podrían necesitar un reposo domiciliario, además de la adaptación para conciliar con la vida familiar. En esto casos, el despido no se consideraría nulo directamente, somo pasaba hasta ahora.
El fallo se ha producido con la introducción de una disposición en la ley de paridad, ejecutada sobre un texto desactualizado del Estatuto de Trabajadores. Dicho documento elimina la protección de los empleados ante estos casos. Es decir, no se tenían en cuenta las últimas modificaciones en materia de permisos introducidos por el Real Decreto Ley 5/2023. Estos garantizaban los derechos que ahora son “negados”. En definitiva, determinados permisos laborales pueden terminar en despido hasta que se ejecute el cambio.