Si eres de los que viven de alquiler, y más si te has ido recientemente, es posible que te hayan subido el precio del alquiler. Actualmente, con la nueva entrada en vigor de la Ley de Vivienda, desde enero de 2025, los precios del alquiler no se cambian solo por el IPC (Índice de Precios al Consumo), sino también por uno nuevo del INE, el Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), el cual en febrero es del 2,28%. Bien, que es este índice y cuándo se puede usar para subir el alquiler de las viviendas. En esta noticia te sacamos de dudas para saber si tu casero ha realizado correctamente la subida de la renta.
Estos son los contratos de alquiler que se actualizan con el nuevo índice del INE
Ya en 2023, los alquileres de las viviendas se actualizaban según el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC), limitado al 2%, pasando en 2024 al 3%. Ahora para 2025, el IRAV será quien determine los precios del alquiler. Es importante saber que esto no va a influenciar en todos los alquileres de la misma manera. Bien, hay que tener en cuenta que según la fecha de firma del contrato, estos se van a actualizar con el IPC o con el IRAV:
- Antes del 25 de mayo de 2023: es decir, para los que se hayan firmado previo a esta fecha, se actualizará con el IPC.
- Después del 25 de mayo de 2023: en este caso, desde el día 26 se hará con el IRAV.
Por tanto, el casero deberá subir la renta del alquiler según corresponda. Además, es importante saber los datos de cada índice para ver si está bien realizada la subida del alquiler. El INE cada mes publicará el IRAV, en este caso, en febrero está en el 2,28% lo que ha subido respecto a enero que era del 2,2%..
Cuándo me pueden subir el precio del alquiler mi casero
Una cosa que hay que tener en cuenta, tanto para los inquilinos como para los caseros, es saber que, en cualquier caso, el dueño debe avisar con un mes antes sobre la subida. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos, indica que para aplicar la nueva renta es obligatorio avisar. Esto significa que la renta nueva puede ser exigible siempre y cuando se haya comunicado correctamente. Otra de las cosas, es que este índice se aplica de forma anual, es decir, que si firmaste un contrato de alquiler en enero se podrá aplicar en el mismo mes del año siguiente (tiene que venir redactado en el contrato dichas actualizaciones).
Otra de las cosas a saber, es que la subida de la renta del alquiler es acumulable, según el artículo 1964 del Código Civil. Esto significa que el aumento puede aplicarse de una vez y lo pueden hacer de una vez. No obstante, lo que no pueden hacer este reclamar los atrasos que no pudieron cobrar, cuando no se aplicara ninguna actualización.
Según la Encuesta de la OCU, dos de cada tres caseros no hacía esta actualización. Bien, para más temas relacionados con noticias de vivienda, visita el apartado correspondiente de esta web.